Los jueces reconocen también a las empresas el derecho al honor
La sociedad firmó en mayo de 2009 un contrato con Vodafone con una permanencia de 18 meses. En diciembre de 2.010, es decir, vencida ya la permanencia tramitó la portabilidad con Movistar. Pero un mes después recibía de Vodafone una factura por 2.090 euros, de los que además del consumo telefónico, aparecía un cargo bajo el concepto “Cargo Incumplimiento Acuerdo Descuento” por importe de 1.652 euros.
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